El 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º.
El 75% a partir del 21º día.
Enfermedad profesional (EP) y Accidente de trabajo (AT).
El 75% desde el día siguiente de la baja en el trabajo.
* La Base Reguladora es el resultado de dividir la base de
cotización en el mes anterior al inicio de la baja, por el número de días a que
dicha cotización se refiere (si tiene salario mensual o si tiene salario diario).
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