Para conocer el tiempo al que tenemos derecho:
Se calcula en función de las cotizaciones realizadad en los últimos 6 años, siempre que no se hayan tenido en cuenta para una prestación anterior, con arreglo a la siguiente escala:
DIAS DE COTIZACIÓN
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DIAS DE PRESTACIÓN
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General
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Eventual Agrario
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General
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Eventual Agrario
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de 360 a 539 días
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120 días (4 meses)
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de 540 a 719
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180
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de 720 a 899
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240
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de 900 a 1079
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300
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de 1080 a 1259
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360
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de 1260 a 1439
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420
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de 1440 a 1619
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480
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de 1620 a 1799
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540
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de 1800 a 1979
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600
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de 1980 a 2159
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660
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Desde 2160
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720 (máx. 2 años)
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En el caso de haber trabajado a tiempo parcial cada día trabajado se considera como un día cotizado, con independencia de la jornada.
En el caso de emigrantes retornados o de los liberados de prisión, se determinará en función de los períodos de ocupación cotizada, correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España, o al ingreso en prisión, salvo que los trabajadores tengan cotizaciones efectuadas en el extranjero o en prisión.
Para determinar la cuantía de la prestación:
Estará en función de la base reguladora del trabajador.
( BR= suma base de contingencias profesionales de 180 días últimos/ 180 )
El importe diaria de la prestación será:
- el 70% de la BR. durante los 6 primeros meses.
- el 50% a partir de dicho periodo.
IMPORTE MÍNIMO MENSUAL
DE LA PRESTACIÓN
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Si no tiene hijos a su cargo: 497 €
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Si tiene al menos un hijo a su cargo: 667,74 €
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IMPORTE MÁXIMO MENSUAL
DE LA PRESTACIÓN
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Si no tiene hijos a su cargo: 1.087,20 €
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Si tiene un hijo a su cargo: 1.242,52€
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Si tiene dos o más hijos a su cargo: 1.397,83€
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que convivan con Ud. Y no tengan rentas superiores a 641,40 €/mes.
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